Las bases se publicaban este martes 9 de abril en el BOP
El Ayuntamiento de Chantada convoca ayudas a la natalidad para este 2024, las bases se publicaban este martes, 9 de abril, en el BOP. Así la Administración Local destina 60.000€ para la concesión de estas ayudas, que serán de 800 euros por niño/a nacido/a o adoptado/a, entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.
La finalidad de estas ayudas es contribuir a fijar población, diseñando mecanismos que favorezcan el nacimiento y crianza de niñas y niños. “Chantada es un municipio privilegiado para criar a niños y niñas por todos los servicios que tiene, servicio de madrugadores en los dos colegios de infantil, escuelas deportivas, piscina municipal,… Ahora añadimos estas subvenciones que quieren ayudar con los gastos a las familias en el momento del nacimiento y favorecen el asentamiento de población en nuestro municipio”, señala Cándida Carnero, concejala de Servicios Sociales y Bienestar.
Serán beneficiarios/as de las ayudas los padres y madres empadronados en el Ayuntamiento de Chantada y que tengan o adopten un hijo/a en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 y que cumplan los siguientes requisitos:
- Los padres, o por lo menos uno de ellos, deberán estar en situación regular en España y estar empadronados en el Ayuntamiento de Chantada con una antelación mínima de 1 año a la fecha de parto o adopción.
- Los niños/as nacidos/as o adoptados/as deberán estar empadronados en el Concello de Chantada.
- Los solicitantes o solicitante de la ayuda deberá comprometerse a seguir empadronado en el Ayuntamiento de Chantada, el/ella y los niños/as, por un período de cuatro años desde el nacimiento o adopción.
El plazo de presentación de solicitudes será de 4 meses desde el nacimiento o adopción.
Las solictitudes se presentarán en el registro General del Ayuntamiento de Chantada, aportando la siguiente documentación:
- Libro de Familia y DNI o NIE del/a solicitante, y tratándose de extranjeros Documento que acredite la residencia legal en España.
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil o copia del auto judicial de adopción, en su caso.
- Certificación de titularidad del número de cuenta bancaria en el que se recibirá la ayuda.
- Declaración jurada de ayudas recibidas o solicitadas para la misma finalidad. (ANEXO II)
- Compromiso de seguir empadronado en el Ayuntamiento de Chantada por un período mínimo de cuatro años (ANEXO I)
- Compromiso de proceder a la devolución de la ayuda en el caso de dejar de cumplir alguno de los requisitos necesarios para ser beneficiario.
- Declaración jurada de estar al corriente con los deberes tributarios de la AEAT Y ATRIGA y de la Seguridad Social (ANEXO II)
El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva. El plazo para la resolución del procedimiento será de 3 meses desde la presentación de la solicitud. La ayuda contemplada en las presentes bases será compatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad que pueda obtenerse de otros organismos.